LEY DE PROTECCIÓN DEL EMPLEO Y BENEFICIOS PARA EL PAGO DE TUS CUOTAS

Si por efecto de la emergencia sanitaria por COVID-19, tu empleador se acogió a la Ley de Protección del Empleo, suspendiendo tu contrato, o bien, reduciendo tu jornada de trabajo, puedes solicitar la postergación o rebaja del valor de tus cuotas, según corresponda, acreditando esta nueva situación laboral.

¡ATENCIÓN! CORFO ha informado que aquellos deudores de Banco Ripley, Coopeuch y Banco Estado (excepto quienes acordaron Pago Automático de Cuentas (PAC)), que hayan obtenido la rebaja de sus cuotas reprogramadas al 10% de sus rentas, podrán pagar hasta el día 20 de cada mes, sin perder el descuento, durante el presente año 2020.

Los deudores reprogramados CORFO de Banco Estado que tengan PAC, mantienen como fecha de vencimiento, el día 5 de cada mes.

  

Considerando las dificultades sociales y económicas que ha provocado la pandemia, es importante que tengas presente que, si estás pagando las cuotas de tu Crédito CORFO reprogramado, hay dos beneficios que puedes solicitar en esta etapa:

 

SUSPENSIÓN DEL COBRO DE LAS CUOTAS

Puedes solicitar, en cualquier momento del año, la postergación del pago de las cuotas de tu Crédito, siempre que no tengas más de 45 días hábiles de morosidad, si estás:

  • Cesante;
  • Desempleado; o bien,
  • Si por la emergencia sanitaria, tu empleador suspendió tu contrato laboral. En tal caso, deberás adjuntar, a la solicitud electrónica, alguno de los siguientes documentos:
    • Certificado de Beneficios Percibidos, emitido por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
    • Copia anexo de contrato con el respectivo acuerdo de Suspensión del Contrato (debe aparecer tu nombre).
    • Carta o certificado del empleador a tu nombre, notificando la suspensión del contrato.
    • Número de registro del pacto de suspensión de contrato en la AFC (y RUT del empleador).
    • Otro documento que acredite que tu contrato fue suspendido.

 

La suspensión de pago se extiende por 6 meses (período que podrás prorrogar hasta 6 veces consecutivas).

 

Si requieres suspender el pago de tus cuotas reprogramadas, completa el formulario que encontrarás AQUÍ.

 

REBAJA DE CUOTAS AL 10% DE LA RENTA

Si estás trabajando, puedes solicitar que el valor de tus cuotas reprogramadas no supere el 10% de tu renta de los últimos 12 meses.

 

Ahora, si por la emergencia sanitaria, tu empleador rebajó temporalmente tu jornada de trabajo, disminuyendo tus ingresos (según Ley de Protección del Empleo), puedes adjuntar a la solicitud de rebaja de cuota, el anexo de contrato que acordaron ante la Dirección del Trabajo. De esta forma, Comisión Ingresa podrá reducir el valor de la cuota en la misma proporción en que fue rebajado tu sueldo.

 

Por ejemplo, si el 10% de tu renta en los últimos 12 meses fue de $40.000, y acordaste con tu empleador la reducción de tu sueldo a la mitad, entonces la cuota que tendrás que pagar en los siguientes meses será $20.000.

 

Para solicitar este descuento en tu cuota reprogramada, completa y envía el formulario disponible AQUÍ.

 

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