REBAJA DE TUS CUOTAS AL 10% DE LA RENTA
¿Cuál es el beneficio?
Si tu(s) cuota(s) reprogramada(s) representa(n) un monto superior al 10% de tu renta bruta promedio del último año, puedes solicitar a Comisión Ingresa que calcule ese 10% de lo que ganas, de modo que CORFO rebaje tu(s) cuota(s) a ese valor. La diferencia será pagada por CORFO al(a los) banco(s) y no tendrás que devolverla en el futuro.
Por ejemplo, si tu cuota reprogramada (o la suma de las cuotas de tus créditos reprogramados vigentes al postular y con vencimiento en el mismo mes) es de $60.000, pero tu renta bruta promedio en 12 meses indicados en el formulario de postulación al beneficio, ha sido de $320.000 mensual, puedes pedir que rebajen tu(s) cuota(s) a $32.000 al mes. Los $28.000 restantes serán subsidiados por CORFO.
¡ATENCIÓN!: Puedes postular a Cuotas del Crédito Rebajadas al 10% de la Renta en cualquier momento del año.
Ten presente que si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota. Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente.
¿Cómo y cuándo postulo?
Para solicitar este beneficio, debes completar y enviar el formulario electrónico que encontrarás, pinchando el banner Solicitar cuotas del 10% de tu renta, situado en la parte superior de la página www.reprogramadoscorfo.cl
Puedes solicitar cuotas de tu Crédito Reprogramado Corfo rebajadas al 10% de tu Renta, en cualquier momento del año. Ten presente que si envías la postulación los primeros 15 días del mes y los documentos que adjuntas al formulario NO presentan reparos, el descuento aplicará desde tu siguiente cuota. Si lo haces a partir del día 16, aplicará en la cuota subsiguiente.
Revisa qué documentos tendrás que adjuntar AQUÍ
¿Qué antecedentes debo presentar?
Para postular, debes registrar tus datos personales, tipo de dependencia laboral y declarar la renta bruta que has percibido en los 12 meses señalados en el formulario (ya sea que hayas tenido renta en todo el período o en parte de él), excepto en el caso del ítem “Sueldo Bruto”. Para esa categoría NO es necesario que ingreses tus rentas, pues Comisión Ingresa recogerá ese antecedente desde otra fuente de información.
Importante:
- Si está pensionado/a, deberá declarar esa renta en la columna “Otros”.
- Si además de su pensión tiene un trabajo remunerado, pero ya no paga cotizaciones previsionales obligatorias en una AFP, deberá declarar la suma de su pensión con este segundo ingreso, en la columna “Otros”.
Para acreditar la renta, adjunta los siguientes documentos, dependiendo de tu situación laboral.
Si tienes dudas, revisa las Preguntas Frecuentes que encontrarás en la misma plataforma de postulación.
Comisión Ingresa verificará los antecedentes que hayas registrado en el formulario de postulación con las bases de datos del Estado, y sobre la base de ello, calculará el 10% de tu renta promedio mensual. Si dicho monto resulta ser menor que tu cuota reprogramada (o la suma de las cuotas de tus créditos reprogramados vigentes al postular y con vencimiento en el mismo mes), entonces tendrás derecho al descuento, y en consecuencia, podrás pagar una cuota rebajada al 10% de lo que ganas.
¿Cuánto dura la rebaja?
Este beneficio se extiende por 6 meses y es renovable todas las veces que lo necesites. Basta con llenar y enviar nuevamente el formulario electrónico, desde el día 16 del mes anterior al de la última cuota con rebaja. Al hacerlo, deberás registrar nuevamente tus antecedentes y declarar la renta bruta de los 12 meses que aparecerán detallados en el formulario.
¿Puedo acceder a la rebaja si adeudo alguna(s) cuota(s) reprogramada(s)?
No hay restricción para que puedas postular al beneficio, sin embargo para que efectivamente puedas obtener el descuento al momento del pago, tendrás que estar al día con la deuda, tal como establece la normativa legal. En consecuencia, para pagar con derecho a rebaja, previamente deberás regularizar tu situación con tu(s) banco(s) acreedor(es).
Para obtener más información, revisa lo siguiente:
SUSPENSIÓN DEL COBRO POR CESANTÍA
¿Cuál es el beneficio?
Si estás cesante o desempleado, puedes solicitar que se suspenda y postergue el cobro de tus cuotas por 6 meses, período que podrás renovar hasta 6 veces consecutivas.
¿Cómo y dónde postulo?
Para obtener este beneficio, debes completar y enviar el Formulario Electrónico, permanentemente disponible, desde el banner Solicitar suspensión de pago por cesantía, situado en la parte superior de la página www.reprogramadoscorfo.cl
IMPORTANTE: debes solicitar este beneficio ANTES de que la morosidad de tu deuda supere los 45 días hábiles. |
¿Qué antecedentes debo presentar?
En la solicitud electrónica de Suspensión de Pago, deberás acreditar tu incapacidad de pago, para lo cual deberás descargar, completar y firmar la declaración jurada que encontrarás en el mismo formulario, adjuntando además documentos que certifiquen tus ingresos de los últimos 12 meses y tu situación de cesantía o desempleo.
Todos los documentos requeridos están especificados en el formulario y también en el Instructivo de Llenado, que te recomendamos revisar para completar correctamente la solicitud.
¿Puedo pedir la suspensión del cobro más de una vez?
Sí. La suspensión dura 6 meses, pero puedes renovar ese período hasta 6 veces consecutivas (es decir, por un periodo máximo de 3 años). Para hacerlo, deberás completar y enviar nuevamente el formulario en el último mes de vigencia de tu suspensión de pago.
Si utilizas los 6 períodos consecutivos, tendrás que dejar pasar 12 meses desde la última suspensión para volver a renovar el beneficio.
¡Importante! Las cuotas postergadas se trasladarán al final de tu cuadro de pago y no podrán ser suspendidas nuevamente ni tampoco rebajadas al 10% de la renta.
Para obtener más información, revisa lo siguiente: